¿Una capital turística usando burros para recolección de basura?
- Resulta anacrónico el empleo de animales para arrastre o tiro, por la falta de un servicio eficiente en el municipio
Por: José Luis Ramírez Romero
En la capital del estado, los caballos, las mulas y los burros pueden ser utilizados para actividades de arrastre o tiro, bajo la protección de las autoridades municipales.
A pesar de que la administración que encabeza el alcalde Jorge Corichi Fragoso trata de proyectar una ciudad moderna y competitiva, particularmente en lo que se refiere al sector turístico, el Reglamento de Protección y Bienestar de los Animales para el Municipio de Tlaxcala, expedido por su gobierno, contempla el uso de estos animales para labores de “recolección de basura, residuos reciclables, materiales y otras análogas”.
Tan es así que indica a los particulares o poseedores de los mismos, cuando circulen por la vía pública, que cumplan con las disposiciones normativas que garanticen su “perfecto estado de salud”, “incluyendo vacunas, alimentación, agua, etc., evitando, en todo momento, el sufrimiento de estos”.
Aunque pudiera resultar anacrónico el empleo de estos animales para dicha labor, la falta de un servicio de recolección de basura eficiente en el municipio supone la necesidad de su función.
Por eso, sus actividades no deberán exceder las seis horas al día de trabajo, las cuales estarán permitidas dentro de un horario de 5:00 a 21:00 horas.
En caso de lluvia o inclemencias extremas, deberán suspender dichas labores, y sus cargas deberán estar equilibradas y no superar los 30 kilómetros al día de recorrido, en los cuales los animales de carga o tito deberán contar con descansos aleatorios y agua.
Además, “deberán estar debidamente herrados y atendidos en este aspecto e identificados con número de control visible, mismo que fungirá y será concordante con la Licencia de propiedad”.
Según el Reglamento, las jornadas de trabajo de estos animales no deberán exceder su resistencia, ni causarle sufrimiento, lesiones, enfermedad o muerte, y sus dueños deberán garantizar su atención con “un M.V.Z. certificado, con cédula profesional, el cual deberá dar un informe trimestral del estado físico completo del animal, dirigido a la Dirección de Ecología del H. Ayuntamiento de Tlaxcala”.
Bajo este entendido, la Dirección de Ecología podrá supervisar, en cualquier momento, el estado físico del animal y, en su caso, prohibir su uso “hasta que éste se encuentre en perfecto estado de salud y en condiciones necesarias para ingresar a dicha labor”.
En todos los casos, si la falta de Tenencia Responsable es reincidente, por parte del propietario o poseedor, se podrá cancelar, de manera permanente, el uso del animal para tales labores.
“El uso de animales para estas actividades podrá ser suspendida indefinida o permanentemente, cuando la Dirección de Ecología lo considere pertinente o a las leyes estatales y federales lo dispongan”, advierte la norma.