OpiniónPORTADA

Una torpeza más del Congreso; cometen nueva inconstitucionalidad

A dos meses y medios de aprobar las reformas secundarias en materia electoral para 2021, el TET les echó abajo el 6, 8 y 12 por ciento de respaldo para las candidaturas ciudadanas que fijaron en el artículo 299 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales
PERSPECTIVA; OPINIÓN

Los diputados locales de la LXIII Legislatura cometieron otro yerro o torpeza legislativa.

Ahora fue una nueva inconstitucionalidad en la que el Congreso del Estado incurrió en las leyes secundarias de la Reforma Electoral que aprobaron el pasado 26 de agosto.

Este domingo 15 de noviembre, los magistrados del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declararon la inaplicación de lo dispuesto en el artículo 299, segundo, tercero y cuarto párrafos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala por ser inconstitucional.

En la LIPEET reformada en medio de confrontaciones y señalamientos por los diputados locales, en la sesión legislativa del pasado 26 de agosto de 2020, y con el aval de 16 legisladores, se establecieron porcentajes del 6, 8 y 12 por ciento del total de ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, como requisito para aquellos ciudadanos interesados en alcanzar su registro como candidatos independientes a diputados locales, integrantes de ayuntamientos y presidencias de comunidad.

Al declarar inaplicables estos porcentajes, los magistrados del TET corrigieron la plana a los diputados de la LXIII Legislatura y dejaron en 3% el requisito que los candidatos independientes deben reunir como respaldo en sus respectivas demarcaciones para contender en los comicios de 2021 como postulantes por la vía independiente a legisladores locales, presidentes municipales, integrantes de ayuntamientos y presidencias de comunidad.

El revés emitido para el Poder Legislativo y sus 25 legisladores locales, fue emitida al resolver el expediente TET-JE-043/2020 y acumulados, donde los magistrados recordaron que ya existía un procedente similar en el juicio SDF-JDC-847/2015, donde la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió sobre un agravio idéntico al estudiado este domingo por el TET.

Al dejar en 3% el requisito que los candidatos independientes deben cumplir como respaldo de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, los magistrados electorales también determinaron modificar la convocatoria aprobada por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).

Sólo en lo que se refiere a dichos porcentajes, con el propósito de que aplique el 3 por ciento exigible para todos los casos antes mencionados.

Asimismo, al resolver el expediente TET-JDC-036/2020 y acumulado, el TET confirmó la convocatoria emitida y aprobada por el Consejo General del ITE signada en el acuerdo ITE-CG 46/2020.

La notificación de esta inconstitucionalidad legislativa, será notificada de manera oficial en las próximas horas.

Por legislar al vapor las reformas electorales de fecha 26 de agosto pasado, los legisladores del Congreso del Estado cometieron errores y realizaron adecuaciones que contravienen a las leyes incurriendo en actos de inconstitucionalidad.

Y así, unos diputados ya están haciendo campaña para reelegirse y hasta brincar para alcaldes o diputados federales.