Estado

Otorgará gobierno estatal apoyos a contribuyentes que quieran regularizar su situación fiscal

  • Aprobó el Acuerdo que Establece la Resolución Miscelánea Fiscal Estatal 2020 para atenuar efectos económicos de la emergencia sanitaria.
  • Dará facilidades y condonará multas para que personas cumplan con el pago del Impuesto sobre Nóminas y del Impuesto Sobre la Prestación del Servicio de Hospedaje.
  • También dará descuentos por el pago de derechos por la expedición y refrendo de Licencias de Funcionamiento de establecimientos destinados a la venta de bebidas alcohólicas, y de derechos por los servicios prestados al servicio de transporte público y privado.

Por José Luis Ramírez Romero

A fin de atenuar los efectos económicos ocasionados por la emergencia sanitaria generada por la COVID-19, el Gobierno del Estado expidió el Acuerdo que Establece la Resolución Miscelánea Fiscal Estatal para el Ejercicio Fiscal 2022.

De esta manera, la administración que encabeza la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros estableció disposiciones generales para que las personas contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales en forma oportuna y adecuada, a fin de incentivar la actividad económica e incrementar la recaudación de la entidad. 

El Acuerdo contemplan facilidades administrativas cuya aplicación tendrá que observarse en el pago de impuestos, derechos y aprovechamientos durante el presente año.

En este sentido, para efectos de lo previsto en el Artículo 23, fracción III, de la Ley de Ingresos 2022, las personas contribuyentes que pretendan acceder al incentivo fiscal equivalente al 33 por ciento del total del Impuesto Sobre Nóminas (ISN) a pagar, deberán acreditar haber realizado el pago de dicho impuesto en tiempo y forma, conforme a los plazos establecidos en la legislación aplicable, durante los cinco ejercicios fiscales anteriores y del periodo que se otorgue. 

Por otra parte, las multas fiscales que deriven del incumplimiento a las disposiciones fiscales estatales, en materia del ISN e Impuesto Sobre la Prestación del Servicio de Hospedaje, tendrán una condonación del 30%, 40%, 50% y 60%, para las multas impuestas durante los ejercicios fiscales 2021, 2020, 2019; y 2018 y 2017, respectivamente. 

Estas condonaciones únicamente serán procedentes cuando la persona contribuyente presente una solicitud por escrito dirigida a la Secretaría de Finanzas (Sefin) o a la Dirección de Ingresos, previa verificación de la información, y una vez que se considere procedente la petición de la persona contribuyente, quien contará con un plazo de quince días hábiles para cubrir los adeudos correspondientes, pues de no hacerlo, la condonación correspondiente perderá sus efectos. 

Asimismo, será procedente la condonación, cuando las multas se encuentren firmes y no hayan sido objeto de impugnación o en su caso la o el contribuyente se desista de los medios de defensa interpuestos.  

En materia de derechos por la expedición y refrendo de Licencias de Funcionamiento de establecimientos destinados a la venta de bebidas alcohólicas, se otorgará una reducción del 50% del costo por dicho concepto a los propietarios de establecimientos o locales con este giro, siempre que efectúen el pago de los derechos correspondientes a más tardar el 30 de junio de 2022.  

Lo anterior, para efectos del Artículo 155, primer párrafo, fracción I, inciso a), numerales 2, 6, y 8 del Código Financiero, en lo relativo a las licencias de abarrotes en general con venta de vinos y licores en botella cerrada al menudeo, miscelánea con venta de vinos y licores y cerveza en botella cerrada y tendajones con venta de cerveza en botella cerrada.

A estos comercios, se les eximirá de los requisitos establecidos en el Artículo 7 fracciones III, IV, V y VI del Reglamento para la Expedición de Licencias o Refrendos, para el Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Tlaxcala.  

Además, se ampliará el plazo para que los negocios relacionados con la enajenación de bebidas alcohólicas o la prestación de servicios que incluyan la venta de dichas bebidas, obtengan o realicen el refrendo de la licencia de funcionamiento respectiva hasta el 30 de junio de 2022, sin que se generen multas ni recargos.  

Finalmente, con relación a los derechos por los servicios prestados por la Secretaría de Movilidad y Transporte en materia de servicio público y privado, los beneficios contemplados en el Artículo 28 de la Ley de Ingresos 2022 se harán extensivos a los concesionarios del servicio de transporte público, que se encuentren obligados al pago de derechos causados sobre vehículos automotores de hasta 28 pasajeros.  

Para acceder a estos beneficios, se ampliará el plazo para efectuar el pago de los derechos correspondientes hasta el día 30 de junio de 2022, prórroga que también aplicará al servicio privado que deba pagar los derechos establecidos en los artículos 33, 34 y 35 de dicha Ley de Ingresos.